4 clubes han sido autorizados tras la fecha de la primera sección 22.

En el ámbito del fútbol profesional, un total de cuatro clubes han enfrentado sanciones impuestas por el tribunal disciplinario de la Federación Costarricense de Fútbol (FCRF). Estas decisiones se han tomado en conformidad con las reglas disciplinarias de la primera categoría de fútbol nacional, específicamente tras la conclusión de la jornada 22 del Campeonato de Clausura 2025.

Honorable Tico salva agua


4 clubes han sido sancionados tras la jornada 22 de la primera sección

Liga Deportiva de Alajuelense

Este club ha sido multado con una suma de 552,500 colones. La multa se desglosa de la siguiente manera:

– 500,000 colones por infringir el Artículo 65, Subdivisión 3, debido a que no contaron con la autorización necesaria en el terreno de juego y se negaron a abandonar el campo cuando se les solicitó.

– 52,500 colones bajo el Artículo 73, Subdivisión, tras recibir la primera sanción por invasión pasiva en el estadio.

Club de Fútbol Deportivo Saprissa

El club ha recibido cinco restricciones disciplinarias (tarjetas amarillas y/o rojas) en una misma jornada, lo que resultó en una multa de 100,000 colones.

Además, se ha sancionado al jugador Eustin Salas Gómez, quien acumuló cinco tarjetas amarillas durante el campeonato, lo que conllevó a una suspensión de un partido y una multa de 70,000 colones, según lo estipulado en el Artículo 35.

Igualmente, el jugador Aerial Roman Soto González enfrentó una sanción similar, también acumulando cinco tarjetas amarillas en el campeonato, resultando en un partido de suspensión y una multa idéntica de 70,000 colones, también bajo el Artículo 35.

Club Deportivo Guanacasteca

El Artículo 57 BIS, Subdivisión 11, establece que el club será sancionado con una multa de 400,000 colones, de acuerdo con el Artículo 31 de las directrices sobre comunicación y prensa. Se exige que los directores técnicos asistan a las conferencias de prensa programadas, es decir, quince minutos después del final del encuentro.

Municipal Pérez Zeledón

Este club también ha sido multado, en este caso con una cifra de 700,000 colones, por diversas infracciones específicas.

Las sanciones se fundamentan en el Artículo 57 BIS, Subdivisión 3, que establece la responsabilidad del club en relación a la «parte» de la entrevista flash, además de violar el uso correspondiente del panel, como estipulan también el Artículo 19 de las directrices sobre comunicación y prensa.

Estas sanciones son un recordatorio de la estricta adherencia a las normas establecidas por la FCRF y de la importancia de mantener el orden dentro de los estadios.

Fuente: FedFutbole Press.