Durante este año 2025, se ha reportado un aumento superior al 50% en comparación con los años anteriores en la cifra de abandono de adultos mayores en los hospitales. Este alarmante incremento ha generado preocupaciones entre las autoridades y la sociedad en general.
La información fue proporcionada por las autoridades del Hospital San Juan de Dios, donde se han documentado aproximadamente 40 casos de abandono. Este fenómeno destaca la necesidad de abordar un problema social que afecta a una de las poblaciones más vulnerables de nuestra sociedad.
¿Por qué los abandonan?
Las autoridades han subrayado que la mayoría de las personas que son abandonadas, al menos en este centro médico, generalmente padecen de diversas condiciones de salud. La causa del abandono no es un hecho aislado, sino que responde a circunstancias complejas que afectan tanto a los individuos como a sus familias.
Entre estas condiciones de salud se incluyen:
- Fracturas de cadera, que son especialmente comunes en esta población.
- Dependencia funcional y/o cognitiva, lo que dificulta que los ancianos realicen actividades diarias sin ayuda.
- Síndrome de demencia y problemas de audición, que impactan severamente en su calidad de vida.
- Lesiones por caídas y traumas craneocerebrales, un riesgo latente en los adultos mayores.
- Enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), a menudo resultando en dependencia del oxígeno en sus hogares.
- Eventos cerebrovasculares (ECV), como la hemiparesia o hemiplejia, que limitan severamente su movilidad y autonomía.
- Infecciones intrahospitalarias causadas por organismos multirresistentes, las cuales complican aún más su estado de salud.
¿Qué protocolo se aplica en estos casos?
Ante este tipo de situaciones, los centros médicos están obligados a seguir un protocolo específico.
Primero, se lleva a cabo una evaluación integral del caso, donde se analiza tanto el contexto de la vida del paciente como las redes de apoyo familiar y comunitario. Es esencial considerar todos los factores que podrían influir en la decisión de abandono por parte de la familia.
En los casos en que la familia se niega a recibir al paciente al momento del alta, se presenta una denuncia por sospecha de abandono de personas vulnerables ante el ministerio público.
Este procedimiento está respaldado por el Artículo 142 BIS del Código Penal y el Artículo 169 del Código de Familia, que buscan ofrecer mayor protección a los adultos mayores y a la familia en su conjunto.
Posteriormente, el programa de deserción entra en acción, donde se continuarán los esfuerzos de seguimiento y se remitirá un informe social al Consejo Nacional de Ancianos (CONAPAM), con el propósito de solicitar alternativas de protección.
Este informe contiene los resultados de la valoración social y diversos elementos que respaldan el diagnóstico relacionado con el síndrome de abuso.
En caso de que la respuesta de CONAPAM sea insuficiente, se procede con acciones legales complementarias.
En esta etapa, el Servicio de Trabajo Social solicita a la Dirección General del Hospital que presente una apelación de AMPARO ante la Sala Constitucional en defensa del derecho constitucional a un entorno saludable y equilibrado. Este derecho muchas veces se ve comprometido debido a la omisión de obligaciones legales por parte de CONAPAM.
Finalmente, en caso de que la resolución judicial de la sala constitucional sea favorable, el paciente será coordinado para su atención en el lugar indicado por CONAPAM.