El magistrado del Gobierno Constitucional ha emitido una declaración en la que se indica que la consulta no fue aprobada por 21 diputados debido a múltiples violaciones de la ley relacionada con el crimen organizado, y fue ratificada en una sesión legislativa bajo el documento número 22,834. Esta situación ha suscitado un debate significativo en los círculos políticos y legales, generando preocupaciones sobre la interpretación y la aplicación de la ley.
Este proyecto, que ha sido denominado «capital emergente», aspira a otorgar al ministerio público la facultad de solicitar la autorización para la implementación de medidas preventivas y un pronóstico que afecte a tribunales administrativos y civiles. El objetivo principal de esta iniciativa es garantizar, incautar o validar activos financieros en el contexto de investigaciones por delitos.
Es importante destacar que, bajo esta normativa, se permitiría la congelación de los activos de individuos bajo sospechas de haber cometido delitos, particularmente en casos relacionados con el lavado de dinero o el enriquecimiento ilícito. Sin embargo, lo que resulta alarmante es que estas acciones se llevarían a cabo incluso antes de que se inicie una investigación formal sobre el caso.
En el año anterior, tras la aprobación del primer debate de la propuesta, varios legisladores alternativos decidieron enviar la consulta a un compartimento que, según indican, no se ajusta a la estructura organizacional adecuada y únicamente se realizaron pequeños cambios, los cuales fueron gestionados por el Comité Asesor Constitucional. Estos cambios, en esencia, fueron aprobados durante el primer debate del proyecto.
Por su parte, los suplentes del PLP, que es el partido gobernante actual, en conjunto con ciertos miembros de los Pusc y la Nueva República, lograron introducir una nueva consulta ante el departamento correspondiente.
Los magistrados han expresado que, ante el Tribunal Constitucional, la consulta en cuestión no debería ser permitida, ya que previamente se han declarado medidas de precaución prospectivas y provisionales, citando principios fundamentales de justicia, protección legal y el derecho a la presunción de inocencia, los cuales deben ser respetados. Además, señalaron que aspectos como la libertad condicional y el anuncio de obligaciones en el marco legal contractual son de suma importancia.
En un comunicado de prensa, los magistrados añadieron que, en su opinión, los legisladores alternativos no lograron justificar la existencia de una novedad en esta nueva consulta, argumentando que dicha situación no solo desincentivaba, sino que complicaba el proceso legislativo y la aplicación de las autoridades constitucionales correspondientes en la Legislatura.
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¿Por qué en contra de eso?
Los legisladores alternativos que se oponen a esta iniciativa argumentan con firmeza que la propuesta viola los derechos fundamentales de las personas, las cuales podrían ser despojadas de sus propiedades sin que se instauren quejas formales en su contra. Este aspecto se ha vuelto uno de los puntos más controvertidos en la discusión pública sobre el proyecto.
Además, se ha eliminado el umbral económico que previamente existía para determinar la posibilidad de congelación de bienes, lo que ha generado más inquietudes en la ciudadanía. «Con base en una simple sospecha, sin la existencia de una acusación formal, podrían proceder a congelar los bienes», comentó Pilar Cisneros, quien ocupa la jefatura del partido gobernante.
Desde la perspectiva de Eli Feinzaig, representante del PLP, la situación se torna aún más preocupante: «La carga de la prueba se invierte; ya no se presume que una persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario, sino que se le considera culpable hasta que pueda probar su inocencia, y esto se hace sin un umbral claro», aclaró. Este tipo de medidas ha sido objeto de críticas debido a su falta de justicia y equidad, ya que no requieren una acusación formal para proceder.
Adicionalmente, se señalaron otros defectos significativos en el proyecto, como la ausencia de un umbral claro; los activos podrían ser congelados sin que exista una acusación previa, y tendrían un plazo de tres días para que los acusados demuestren el origen de su propiedad, lo cual es un reto considerable dado el tiempo limitado.
Los magistrados también indicaron, en sus resoluciones, que al analizar la nueva consulta, identificaron que la única enmienda presentada al proyecto de ley consistía en la eliminación de un inciso específico, el número 20 ter, en atención a los criterios que se habían emitido previamente en una sentencia registrada en la opinión número 2024-029411.
«En el resto, el proyecto se mantuvo sin cambios, sin indicar ninguna nueva propuesta o modificación significativa», afirmaron, dejando abiertas las interrogantes sobre el futuro de este controvertido proyecto de ley.