La reciente sesión legislativa en Costa Rica ha traído consigo un importante avance en el ámbito de la seguridad penitenciaria. En esta sesión, se llevó a cabo una votación en la que participaron 42 suplentes, aprobando un primer documento de debate etiquetado como el 24,162. Este documento se centra en la creación de leyes que sancionan a aquellos individuos que, de manera ilegal, introducen teléfonos móviles, satélites y otros dispositivos electrónicos en los centros de detención del país.
La iniciativa legislativa fue presentada por la oficina del poder ejecutivo y había sido anunciada desde octubre del año anterior. A lo largo de su procedimiento legislativo, el proyecto enfrentó cinco intentos de modificación y posturas de rechazo por parte de algunos sectores, pero finalmente fue sometido a votación y aprobado en su forma original.
Una de las características más relevantes de esta nueva legislación es que establece penas de prisión que oscilan entre los dos y cuatro años para las personas que sean sorprendidas ingresando teléfonos móviles y otros medios de comunicación en instituciones penitenciarias. Este es un intento significativo de afrontar un problema que ha afectado la gestión de los recintos de detención en Costa Rica.
El texto aprobado por el Parlamento estipula claramente lo siguiente:
«Se impondrá la multa de dos o cuatro años de prisión a quien, sin la debida autorización legal o regulatoria, posea, presente, facilite o compre, de cualquier forma, la entrada de acciones prohibidas a una institución penal, incluidos teléfonos móviles, satélites o cualquier otro equipo de comunicación, así como sus componentes técnicos y tarjetas SIM».
Es importante señalar que en Costa Rica, numerosos individuos han sido víctimas de fraudulentas llamadas provenientes de centros de delitos, donde los internos han logrado acceder a teléfonos móviles que normalmente son introducidos por visitantes. Este escenario problemático ha resaltado la necesidad de establecer medidas más restrictivas y severas en torno a la seguridad en las prisiones.
Hasta el momento, quienes realizaban estas acciones ilegales no enfrentaban penalizaciones claras, situación que motivó la propuesta de esta ley. La sanción de dos a cuatro años de prisión se intensifica a un tercio adicional si quienes facilitan la entrada de teléfonos móviles a las cárceles son funcionarios públicos, proveedores de servicios o productos que operan dentro de los establecimientos penitenciarios. Asimismo, se extiende a los abogados que utilicen su profesión para ingresar dispositivos sin la correspondiente autorización.
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(Foto /Ministerio de Justicia y Ministerio de Paz)